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Riesgo eléctrico

El abogado Rafael J. Repiso responde en su sección El bufete a una consulta remitida por un lector de la página sobre la instancias ante las que debe reclamar para resolver un conflicto urbanístico paralizado desde hace años. Si desea resolver dudas legales de distinta naturaleza (multas de tráfico, recursos judiciales, hipotecas, contratos de compraventa, alquiler, herencias, despidos o, incluso, consejos para afrontar un juicio) puede enviar un correo electrónico a nuestra dirección exponiendo su consulta.

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Desde hace varios años estamos denunciando un conflicto urbanístico que consideramos de gran magnitud y del que podrían desprenderse graves riesgos en el futuro. Por explicarlo rápidamente, se trata de un transformador de Sevillana-Endesa que existe en los bajos de un bloque de viviendas, con el consiguiente riesgo que ello supone para la seguridad de los vecinos.

Al interesarnos por la cuestión, hemos descubierto que los planos entregados a la Gerencia de Catastro no se corresponden con la realidad del edificio, ya que hay cambios evidentes en las distribuciones e, incluso, en los propios accesos a la vivienda, que no se ajustan a dicha documentación.

El edificio del transformador data del año 1984, mientras que el edificio de viviendas data de 1999 o 2000. Por supuesto, el primero consta como independiente y sin variación constructiva a lo largo de su historia, aunque sobre el terreno se advierte una modificación, pues falta un trozo en su fachada original como consecuencia de la colocación de un pilar de apoyo.

Sin entrar en detalles técnicos y de seguridad, que también podríamos, es difícil imaginar cómo un terreno cedido a Sevillana-Endesa por la Corporación Municipal reunida en sesión plenaria en el mes de diciembre de 1983, se vuelve a ceder en 1998 a la Empresa Promotora de Viviendas de Córdoba (Provicosa) para que, simple y llanamente, tome dominio sobre el vuelo del edificio y lo incluya en la promoción de viviendas de Protección Oficial (VPO).

Una explicación podría ser que dicha parcela no se encontrara inmatriculada o registrada a nombre de nadie y que, por tanto, a la hora de autorizar el expediente de VPO, no hubiera constancia –ni informe- de edificación realizada ni de dominio anterior. Pero es más: según un documento emitido por la propia Endesa, no constan permisos ni cambios en los documentos de cesión antiguos.

Es por esto que le planteo lo siguiente: ¿existe algún organismo de inspección y control que solucione esta situación tan flagrante y no termine en silencio administrativo, como hasta ahora? Y una cuestión más: ¿podría obtener copia del expediente de VPO de la institución pública correspondiente o tendría que solicitarlo un juez? Agradecido de antemano, le envío un saludo. A.J.C.

Como podrá imaginar el amable lector, se trata de una cuestión lo suficientemente compleja como para poder abordarla en su plenitud en un espacio como éste, poco propicio quizás para asuntos que llevan empantanados tantísimo tiempo.

No obstante, a nuestro juicio, al ser una cuestión multidisciplinar, ya que habría que resolver cuestiones relativas a urbanismo e industria, la reclamación habría de dirigirse al Servicio de Inspección de Consumo de Córdoba que, en teoría, es el organismo habilitado para hacer las gestiones oportunas ante las diferentes administraciones, al objeto de documentar la cuestión que plantea.

Por tanto, nuestro consejo es acudir primeramente a Consumo, que es un servicio gratuito, además de perfecto para recabar información y documentación. Y ya con posterioridad, si el conflicto que nos traslada no se resuelve en aquella instancia, podría plantear la posibilidad de acudir a los tribunales de Justicia.

Acerca de la obtención de una copia del expediente de VPO, entiendo que al ser interesado directo por vivir en una de esas viviendas de Protección Oficial, usted puede pedir copia del expediente al promotor que, por lo que refiere, sería Provicosa, una empresa pública dependiente de la Diputación Provincial de Córdoba.

Aviso a los lectores

Las respuestas a estas consultas están hechas sin conocer en profundidad el caso concreto y sin haber podido analizar ninguna documentación sobre el particular. Por ello, se recomienda que, en caso de necesitarlo, contacten con cualquier abogado en ejercicio, dado que unos consejos vía Internet nunca pueden sustituir la consulta en profundidad que se puede hacer en un despacho dirigido por un profesional cualificado adscrito a cualquier Colegio Profesional de Abogados.

RAFAEL J. REPISO
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