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El peligro invisible de los trasteros en Córdoba: el fallo en protección de datos que puede costar miles de euros a una pyme

Acumular facturas antiguas, albaranes de campo o listados de clientes en papel sin un protocolo de eliminación certificado expone al tejido empresarial a sanciones de la AEPD y a fugas de información.


El papel sigue siendo el rey en el día a día de una bodega, una cooperativa agrícola, un despacho o cualquier otro negocio de la provincia de Córdoba. Pese al avance de la digitalización, los libros de registro, los albaranes de entrega de uva o aceituna, las nóminas de trabajadores temporeros y los contratos comerciales continúan acumulándose en carpetas, estanterías y trasteros durante años.

El problema surge cuando llega el momento de hacer espacio. En la comarca de la Campiña Sur, todavía es habitual encontrar empresas que destruyen carpetas mediante rotura manual o, peor aún, depositando tacos de documentos en los contenedores azules de la vía pública. Una práctica aparentemente inocua que entraña graves riesgos legales y de ciberseguridad.

La estafa de la "papelera" y las sanciones de la AEPD


En el ámbito de la seguridad de la información existe una técnica de ingeniería social conocida como dumpster diving o "búsqueda en la basura". Consiste, simplemente, en recopilar documentos desechados para obtener datos de clientes, números de cuenta, firmas o patrones de facturación con los que realizar suplantaciones de identidad o estafas.

Más allá del espionaje comercial o el fraude, tirar documentos con datos personales al contenedor municipal supone una infracción grave del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto en los últimos años cuantiosas sanciones a pequeñas y medianas empresas por el hallazgo de documentación confidencial en la vía pública o por no acreditar la destrucción irreversible de los expedientes.

Para que la eliminación de papel sea legalmente válida, la normativa exige que el material se triture bajo niveles de corte específicos (norma UNE-EN 15713) que impidan la reconstrucción del documento, emitiendo un certificado oficial que la empresa debe conservar ante una eventual inspección.

Plazos legales: ¿cuándo se puede tirar un documento?


Uno de los errores más comunes entre los profesionales y autónomos es no tener claros los plazos obligatorios de conservación de la documentación:

  • Documentación fiscal y contable (facturas, libros, impuestos): la Ley General Tributaria exige conservarla durante un mínimo de 4 años, aunque es aconsejable mantenerla 6 años por el Código de Comercio.

  • Documentación laboral (nóminas, contratos, partes de alta/baja): se debe guardar un mínimo de 4 años a efectos de inspección de trabajo, aunque en temas de prevención de riesgos laborales el plazo se amplía.

  • Documentos con datos personales de clientes o socios: una vez finalizada la relación contractual, los datos deben bloquearse y conservarse únicamente durante el tiempo en que puedan exigirse responsabilidades legales.

Superados estos plazos, mantener el papel guardado no solo ocupa un espacio valioso, sino que multiplica el riesgo de fuga de información.

Una solución comarcal con doble impacto


Frente a esta problemática, la respuesta en la provincia de Córdoba está viniendo de la mano de la economía social. Servicios especializados como los que ofrece Gestión Documental Fepamic permiten a las empresas instalar contenedores de seguridad precintados en sus oficinas donde depositar el papel obsoleto.

Posteriormente, el material es recogido mediante transporte custodiado y trasladado a planta para su triturado en alta seguridad. El proceso culmina con la entrega de un certificado de destrucción válido ante la AEPD y el posterior reciclaje del 100 % del papel residual, cerrando el círculo de la sostenibilidad.

Proteger la privacidad de los clientes y evitar sanciones millonarias ya no requiere procesos complejos, sino adoptar protocolos profesionales que garanticen que la información destruida lo sea, de verdad, para siempre.

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