El Ayuntamiento de Montilla ofrecerá diez ayudas para sufragar las cuotas mensuales de la Escuela de Teatro de la Asociación “Montilla a Escena” durante el curso 2026/2027, con el fin de facilitar el acceso a esta formación cultural a personas y familias en situación de riesgo o vulnerabilidad social o económica. La convocatoria, regulada por la Delegación de Cultura, contempla cinco exenciones completas del pago mensual y otras cinco bonificaciones del 50 por ciento.
La iniciativa se enmarca en el convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Montilla y la Asociación “Montilla a Escena”, entidad que desarrolla la actividad formativa a través de su Escuela de Teatro. De este modo, el Consistorio mantiene una línea de apoyo orientada a que la participación en propuestas culturales no dependa únicamente de la capacidad económica de cada unidad familiar.
En ese sentido, las bases precisan que estas ayudas están destinadas al alumnado que resulte seleccionado conforme a los criterios fijados en la convocatoria. La finalidad es favorecer el acceso a la Escuela de Teatro de personas que atraviesen situaciones de dificultad social o económica, de forma que el aprendizaje escénico, la expresión corporal, la interpretación o el trabajo colectivo puedan convertirse también en una herramienta de inclusión y desarrollo personal.
Además, el documento deja claro que no existe un vínculo económico directo entre el Ayuntamiento y la persona beneficiaria. La ayuda se articula como una exención total o parcial del pago de la cuota mensual por parte de la propia Asociación “Montilla a Escena”, mientras que el Ayuntamiento actúa como mediador en el proceso, proponiendo y seleccionando a las personas beneficiarias en función de las condiciones establecidas en la convocatoria.
Para optar a una de estas ayudas, las personas solicitantes deberán estar empadronadas en Montilla con una antigüedad mínima de tres meses desde la fecha de la convocatoria. También deberán haber presentado solicitud de matrícula para el curso 2026/2027 en la Escuela de Teatro de la Asociación “Montilla a Escena”, en cualquiera de sus modalidades. Si el plazo de matriculación aún no estuviera abierto, la posible concesión quedará condicionada a la obligación de formalizar la matrícula cuando corresponda.
Por otro lado, la unidad de convivencia en la que se integre la persona solicitante no podrá disponer de una renta per cápita superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual de 2025, fijado en 8.400 euros. No obstante, por razones justificadas y siempre que no se cubra la totalidad de las bonificaciones, la Comisión de Adjudicación podrá elevar este límite de rentas. Las bases establecen igualmente que solo podrá solicitarse una ayuda por persona.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Montilla, acompañadas de la documentación exigida. Entre otros documentos, será necesario aportar el DNI de la persona solicitante y, en caso de menores de edad, también el de su tutor o tutora legal.
Asimismo, se deberá incluir copia del Libro de Familia. En el caso de familias monoparentales por razón de divorcio, esta circunstancia tendrá que acreditarse mediante la correspondiente resolución judicial o certificación de matrimonio en la que conste dicha situación.
De igual modo, el certificado de empadronamiento será solicitado de oficio por el propio Ayuntamiento y deberá referirse a todos los miembros de la unidad de convivencia, salvo que lo aporte directamente la persona interesada. A esta documentación se sumará una declaración responsable de todos los ingresos de la unidad familiar correspondientes al ejercicio económico 2025, firmada por todos los miembros mayores de 16 años.
Y es que la convocatoria detalla cómo deberán consignarse esos ingresos. Si alguno de los miembros de la unidad de convivencia estuvo obligado a presentar la Declaración de la Renta de 2025, de manera individual o conjunta, deberán recogerse las cifras que aparezcan en las casillas 435 y 460. En cambio, si algún integrante no estuviera obligado a realizar la declaración, la documentación deberá reflejar sus ingresos totales por cualquier concepto imputable a su renta de 2025.
En caso de que las condiciones económicas actuales hayan variado respecto a las de 2025 y esa modificación haya supuesto una reducción de ingresos en la unidad familiar, la situación deberá acreditarse con documentación complementaria. Las bases contemplan, entre otros documentos, certificados del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo para las personas mayores de 16 años, certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el cobro de prestaciones y certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando algún miembro perciba pensiones.
Asimismo, la Comisión de Valoración podrá solicitar documentación aclaratoria cuando existan dudas sobre las situaciones acreditadas. En particular, podrá requerir copia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2025 para verificar los ingresos incluidos en la declaración responsable. Si las personas solicitantes no presentaran toda la documentación exigida o si la aportada tuviera algún defecto formal, se podrá requerir su subsanación, con la advertencia de que, si no se corrige, se entenderá desistida la petición.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se constituirá un Grupo de Trabajo o Comisión de Valoración integrado por un representante de la Asociación “Montilla a Escena”, un técnico de los Servicios Sociales Municipales, un técnico de la Delegación de Cultura y una persona trabajadora adscrita al Área de Cultura del Ayuntamiento, que actuará como secretaria del grupo, con voz pero sin voto.
Este grupo analizará la documentación presentada y podrá requerir de oficio a otras unidades municipales, como ocurre con el certificado de empadronamiento, o directamente a las personas interesadas, aquella documentación que no haya sido aportada. Las bases advierten de que quedarán excluidas las solicitudes correspondientes a alumnado que no esté empadronado en la localidad.
Los Servicios Sociales Municipales aportarán al grupo de trabajo una valoración sobre aquellas situaciones familiares con mayor desventaja social que puedan afectar de manera favorable a la participación del alumno o alumna en la Escuela de Teatro. En esa valoración se podrán tener en cuenta situaciones sobrevenidas en el ámbito laboral, económico o de salud, así como condicionantes ambientales, factores sociales o relacionales y otros elementos que se consideren relevantes.
Esa información tendrá un peso decisivo en la valoración de la ayuda. De hecho, cuando el informe de Servicios Sociales sea favorable, la Asociación “Montilla a Escena” concederá automáticamente una exención del 100 por ciento, siempre dentro del límite máximo de ayudas previsto en la convocatoria.
Por otro lado, también se considerará de manera especial la información aportada por la Escuela de Teatro sobre el aprovechamiento de la actividad por parte del alumnado que ya haya participado en cursos anteriores. Este criterio se combinará con los datos sociales y económicos disponibles para elaborar la propuesta de ayuda, de manera que la adjudicación tenga en cuenta tanto la necesidad familiar como el uso efectivo de la actividad formativa.
Cuando, tras la valoración de los informes de Servicios Sociales y de la Escuela de Teatro, no se hayan concedido todas las ayudas disponibles, el grupo de trabajo priorizará entre las solicitudes restantes aquellas que presenten situaciones familiares de mayor desventaja laboral y económica, siempre que no superen el umbral máximo de ingresos fijado en la convocatoria.
De igual modo, las bases establecen que se priorizará la concesión de una sola bonificación por unidad de convivencia, aunque podrán admitirse excepciones en situaciones debidamente justificadas y siempre que no se hayan agotado todas las ayudas. La ocultación, falseamiento o manipulación de cualquier dato o fuente de renta podrá dar lugar a la denegación o anulación de la ayuda concedida.
El Grupo de Trabajo elaborará una propuesta fundamentada conforme a los criterios de valoración descritos en las bases y la elevará a la Comisión de Adjudicación. Este órgano será el encargado de adjudicar definitivamente las ayudas y podrá introducir cambios o modificaciones en la propuesta recibida si lo considera oportuno. También se contempla la posibilidad de que, por razones justificadas, quede desierta la totalidad o alguna de las ayudas.
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá en el momento de publicación de las bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y finalizará el 31 de julio, a las 14:00 de la tarde. No obstante, si al cierre de ese primer plazo no se hubieran cubierto todas las ayudas, se mantendrá abierta la posibilidad de presentar solicitudes posteriormente, siempre que continúen disponibles plazas bonificadas.
En esos casos, el plazo podrá permanecer abierto hasta la finalización del curso de la Escuela de Teatro, de forma que se puedan aceptar nuevas solicitudes hasta alcanzar el límite máximo de ayudas. Para el estudio y concesión de esas peticiones posteriores, no será necesario convocar a la Comisión de Adjudicación cuando se cumpla el requisito del umbral máximo de rentas o exista informe favorable de Servicios Sociales. Bastará entonces con un informe técnico del Área de Cultura y una resolución de la Presidencia de la Comisión de Adjudicación, salvo que concurran otras circunstancias que aconsejen una nueva convocatoria del órgano.
Con esta convocatoria, Montilla renueva una fórmula de apoyo que busca acercar la cultura a quienes pueden encontrar más obstáculos para participar en ella. El teatro, más allá de los ensayos, los textos y el escenario, ofrece un espacio de convivencia, confianza y aprendizaje compartido. Por eso, estas ayudas no solo alivian el coste mensual de la actividad, sino que abren una puerta a la expresión artística, al encuentro con otras personas y a una experiencia formativa que puede resultar especialmente valiosa para quienes atraviesan situaciones de mayor vulnerabilidad.
La iniciativa se enmarca en el convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Montilla y la Asociación “Montilla a Escena”, entidad que desarrolla la actividad formativa a través de su Escuela de Teatro. De este modo, el Consistorio mantiene una línea de apoyo orientada a que la participación en propuestas culturales no dependa únicamente de la capacidad económica de cada unidad familiar.
En ese sentido, las bases precisan que estas ayudas están destinadas al alumnado que resulte seleccionado conforme a los criterios fijados en la convocatoria. La finalidad es favorecer el acceso a la Escuela de Teatro de personas que atraviesen situaciones de dificultad social o económica, de forma que el aprendizaje escénico, la expresión corporal, la interpretación o el trabajo colectivo puedan convertirse también en una herramienta de inclusión y desarrollo personal.
Además, el documento deja claro que no existe un vínculo económico directo entre el Ayuntamiento y la persona beneficiaria. La ayuda se articula como una exención total o parcial del pago de la cuota mensual por parte de la propia Asociación “Montilla a Escena”, mientras que el Ayuntamiento actúa como mediador en el proceso, proponiendo y seleccionando a las personas beneficiarias en función de las condiciones establecidas en la convocatoria.
Para optar a una de estas ayudas, las personas solicitantes deberán estar empadronadas en Montilla con una antigüedad mínima de tres meses desde la fecha de la convocatoria. También deberán haber presentado solicitud de matrícula para el curso 2026/2027 en la Escuela de Teatro de la Asociación “Montilla a Escena”, en cualquiera de sus modalidades. Si el plazo de matriculación aún no estuviera abierto, la posible concesión quedará condicionada a la obligación de formalizar la matrícula cuando corresponda.
Por otro lado, la unidad de convivencia en la que se integre la persona solicitante no podrá disponer de una renta per cápita superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual de 2025, fijado en 8.400 euros. No obstante, por razones justificadas y siempre que no se cubra la totalidad de las bonificaciones, la Comisión de Adjudicación podrá elevar este límite de rentas. Las bases establecen igualmente que solo podrá solicitarse una ayuda por persona.
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Montilla, acompañadas de la documentación exigida. Entre otros documentos, será necesario aportar el DNI de la persona solicitante y, en caso de menores de edad, también el de su tutor o tutora legal.
Asimismo, se deberá incluir copia del Libro de Familia. En el caso de familias monoparentales por razón de divorcio, esta circunstancia tendrá que acreditarse mediante la correspondiente resolución judicial o certificación de matrimonio en la que conste dicha situación.
De igual modo, el certificado de empadronamiento será solicitado de oficio por el propio Ayuntamiento y deberá referirse a todos los miembros de la unidad de convivencia, salvo que lo aporte directamente la persona interesada. A esta documentación se sumará una declaración responsable de todos los ingresos de la unidad familiar correspondientes al ejercicio económico 2025, firmada por todos los miembros mayores de 16 años.
Y es que la convocatoria detalla cómo deberán consignarse esos ingresos. Si alguno de los miembros de la unidad de convivencia estuvo obligado a presentar la Declaración de la Renta de 2025, de manera individual o conjunta, deberán recogerse las cifras que aparezcan en las casillas 435 y 460. En cambio, si algún integrante no estuviera obligado a realizar la declaración, la documentación deberá reflejar sus ingresos totales por cualquier concepto imputable a su renta de 2025.
En caso de que las condiciones económicas actuales hayan variado respecto a las de 2025 y esa modificación haya supuesto una reducción de ingresos en la unidad familiar, la situación deberá acreditarse con documentación complementaria. Las bases contemplan, entre otros documentos, certificados del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo para las personas mayores de 16 años, certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el cobro de prestaciones y certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando algún miembro perciba pensiones.
Asimismo, la Comisión de Valoración podrá solicitar documentación aclaratoria cuando existan dudas sobre las situaciones acreditadas. En particular, podrá requerir copia de la Declaración de la Renta del ejercicio 2025 para verificar los ingresos incluidos en la declaración responsable. Si las personas solicitantes no presentaran toda la documentación exigida o si la aportada tuviera algún defecto formal, se podrá requerir su subsanación, con la advertencia de que, si no se corrige, se entenderá desistida la petición.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se constituirá un Grupo de Trabajo o Comisión de Valoración integrado por un representante de la Asociación “Montilla a Escena”, un técnico de los Servicios Sociales Municipales, un técnico de la Delegación de Cultura y una persona trabajadora adscrita al Área de Cultura del Ayuntamiento, que actuará como secretaria del grupo, con voz pero sin voto.
Este grupo analizará la documentación presentada y podrá requerir de oficio a otras unidades municipales, como ocurre con el certificado de empadronamiento, o directamente a las personas interesadas, aquella documentación que no haya sido aportada. Las bases advierten de que quedarán excluidas las solicitudes correspondientes a alumnado que no esté empadronado en la localidad.
Los Servicios Sociales Municipales aportarán al grupo de trabajo una valoración sobre aquellas situaciones familiares con mayor desventaja social que puedan afectar de manera favorable a la participación del alumno o alumna en la Escuela de Teatro. En esa valoración se podrán tener en cuenta situaciones sobrevenidas en el ámbito laboral, económico o de salud, así como condicionantes ambientales, factores sociales o relacionales y otros elementos que se consideren relevantes.
Esa información tendrá un peso decisivo en la valoración de la ayuda. De hecho, cuando el informe de Servicios Sociales sea favorable, la Asociación “Montilla a Escena” concederá automáticamente una exención del 100 por ciento, siempre dentro del límite máximo de ayudas previsto en la convocatoria.
Por otro lado, también se considerará de manera especial la información aportada por la Escuela de Teatro sobre el aprovechamiento de la actividad por parte del alumnado que ya haya participado en cursos anteriores. Este criterio se combinará con los datos sociales y económicos disponibles para elaborar la propuesta de ayuda, de manera que la adjudicación tenga en cuenta tanto la necesidad familiar como el uso efectivo de la actividad formativa.
Cuando, tras la valoración de los informes de Servicios Sociales y de la Escuela de Teatro, no se hayan concedido todas las ayudas disponibles, el grupo de trabajo priorizará entre las solicitudes restantes aquellas que presenten situaciones familiares de mayor desventaja laboral y económica, siempre que no superen el umbral máximo de ingresos fijado en la convocatoria.
De igual modo, las bases establecen que se priorizará la concesión de una sola bonificación por unidad de convivencia, aunque podrán admitirse excepciones en situaciones debidamente justificadas y siempre que no se hayan agotado todas las ayudas. La ocultación, falseamiento o manipulación de cualquier dato o fuente de renta podrá dar lugar a la denegación o anulación de la ayuda concedida.
El Grupo de Trabajo elaborará una propuesta fundamentada conforme a los criterios de valoración descritos en las bases y la elevará a la Comisión de Adjudicación. Este órgano será el encargado de adjudicar definitivamente las ayudas y podrá introducir cambios o modificaciones en la propuesta recibida si lo considera oportuno. También se contempla la posibilidad de que, por razones justificadas, quede desierta la totalidad o alguna de las ayudas.
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá en el momento de publicación de las bases en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y finalizará el 31 de julio, a las 14:00 de la tarde. No obstante, si al cierre de ese primer plazo no se hubieran cubierto todas las ayudas, se mantendrá abierta la posibilidad de presentar solicitudes posteriormente, siempre que continúen disponibles plazas bonificadas.
En esos casos, el plazo podrá permanecer abierto hasta la finalización del curso de la Escuela de Teatro, de forma que se puedan aceptar nuevas solicitudes hasta alcanzar el límite máximo de ayudas. Para el estudio y concesión de esas peticiones posteriores, no será necesario convocar a la Comisión de Adjudicación cuando se cumpla el requisito del umbral máximo de rentas o exista informe favorable de Servicios Sociales. Bastará entonces con un informe técnico del Área de Cultura y una resolución de la Presidencia de la Comisión de Adjudicación, salvo que concurran otras circunstancias que aconsejen una nueva convocatoria del órgano.
Con esta convocatoria, Montilla renueva una fórmula de apoyo que busca acercar la cultura a quienes pueden encontrar más obstáculos para participar en ella. El teatro, más allá de los ensayos, los textos y el escenario, ofrece un espacio de convivencia, confianza y aprendizaje compartido. Por eso, estas ayudas no solo alivian el coste mensual de la actividad, sino que abren una puerta a la expresión artística, al encuentro con otras personas y a una experiencia formativa que puede resultar especialmente valiosa para quienes atraviesan situaciones de mayor vulnerabilidad.
JUAN PABLO BELLIDO / REDACCIÓN
FOTOGRAFÍA: ESCUELA DE TEATRO DE MONTILLA
FOTOGRAFÍA: ESCUELA DE TEATRO DE MONTILLA


















































