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Otakus versus RAE

Los aficionados al manga y al anime están de enhorabuena. Hace una semana, la Real Academia Española (RAE) dio a conocer las nuevas palabras añadidas en el Diccionario, entre las que destaca el término "manga". Esto que conllevaría un gran avance para todos los que disfrutan de esta afición porque, por fin, parece verse reconocida ante la sociedad, no parece haber gustado al colectivo otaku y se ha levantando una agria polémica.

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Veremos a fondo qué dice la RAE y qué cuestiones discrepantes se le pueden achacar. La definición reza así: "Manga (Del jap. manga). 1. m. Género de cómic de origen japonés, de dibujos sencillos, en el que predominan los argumentos eróticos, violentos y fantásticos".

El principio de la definición podemos considerarlo correcto. Como ya sabemos, el manga es de origen japonés aunque también pueden verse obras procedentes de Corea o China.

La definición continúa con “dibujos sencillos”. No es que sea incorrecto, pero es demasiado tajante para englobar un mundo tan extenso como es el del manga, en el que pueden observarse todo tipo de estilos de dibujo. No todo el manga son “dibujos sencillos”.

Es cierto que los hay y son ejemplos series del tipo Doraemon o Shin-chan, que pueden adaptarse a esa definición. Pero no es solo eso. Hay obras maestras en cuanto a gráficos que son totalmente preciosistas, como Berserk, Claymore o Zetman, que se encuentran publicadas en España. Son obras de una ejecución muy compleja y medida en el dibujo, por lo que no son de gráficos “sencillos”.

Por otro lado, la parte que más ha crispado a los aficionados de este mundo es la que sigue: “en el que predominan los argumentos eróticos, violentos y fantásticos”. Al igual que lo anterior y por lo mismo, no se pueden hacer ese tipo de afirmaciones a la ligera. No podemos definir un mundo tan extenso y reducirlo a solo tres adjetivos que parecen menoscabar la reputación de todo un género.

Como comentamos antes, podemos encontrar mangas que se engloben es esa definición, y es cierto; pero también otros que ni siquiera encajan. Es una definición regida por estereotipos y supuestos, ya que el manga abarca todo tipo de géneros por igual.

Lo mismo ocurre con el cómic occidental, en el que hay multitud de variedades. Vemos, en comparación, que la definición de cómic en la RAE es escueta, imparcial y no se hace referencia a ningún tipo de temática: "Cómic: 1. m. Serie o secuencia de viñetas con desarrollo narrativo. 2. m. Libro o revista que contiene estas viñetas".

Por otra parte, a raíz de esta polémica, personajes destacados y editoriales se han hecho eco de la definición de manga y han aportado su opinión en el asunto. El director del Salón Manga de Barcelona, Carles Santamaría, ha manifestado también su desacuerdo en un comunicado, subrayando que la definición !es errónea en el concepto y denigrante en la caracterización".

La firma Norma editorial, encargada de licenciar y publicar manga en España, también ha dado su visión a través de su blog: “Tantos años defendiendo nuestra afición, esforzándonos en demostrar a todo el mundo que el manga es más, mucho más que sexo y violencia... para que una definición retrógrada y obviamente mal documentada intente destruir la buena imagen que entre todos estamos creando”.

En conclusión, es un avance para todo el mundo que le guste el manga y el anime que la palabra se haya visto incluida en el Diccionario, pero no de la forma en la que lo ha hecho. Antes de definir, deberían haber recabado más información, consultar a profesionales y cerciorarse bien de los hechos, porque puede dar lugar a este tipo de situaciones: una definición desacertada, como la dada, puede influir de manera negativa en la opinión pública, fomentando los estereotipos y los prejuicios.

SARA B. PATRÓN / REDACCIÓN
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