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La nueva Ley de Tasas y Precios Públicos actualizará una norma con más de tres décadas de antigüedad

El Consejo de Gobierno ha aprobado el inicio de la tramitación de una nueva Ley de Tasas y Precios Públicos de Andalucía que actualizará la actual normativa, que data del año 1988, y que tiene por objetivo la racionalización y simplificación de las tasas reguladas para adecuarlas a los servicios públicos realmente prestados. De esta manera, se suprimen aquellas tasas que gravaban prestaciones de servicios actualmente inexistentes y se crean otras como consecuencia de la prestación de nuevos servicios públicos por parte de la Administración de la Junta de Andalucía.



Asimismo, y en aras de una mayor seguridad jurídica, se pretende terminar con la dispersión de preceptos normativos reguladores de tasas al recoger en un solo texto legal el ordenamiento completo, sistemático y armonizado de todas las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y permitir al contribuyente conocer mejor los servicios y actividades que se le prestan y el coste exigido por los mismos.

La nueva ley contiene 267 artículos, distribuidos en diecinueve títulos, que se completan en su parte final con dos disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria de todos los preceptos refundidos y tres disposiciones finales.

Entre sus principales novedades se encuentra que habilita a la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía a realizar modificaciones cada año en la regulación de las tasas, a revisar su cuantía y a suprimirlas y que desliga la revisión del importe de las tasas y precios públicos de la evolución del IPC, adaptándose la Ley a este respecto a lo establecido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.

Así, por ejemplo, se suprime la tasa relativa a vivienda de protección oficial toda vez que el hecho imponible estaba constituido por la calificación provisional o definitiva de viviendas protegidas, competencia atribuida como propia de los municipios andaluces, conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

También a título de ejemplo se suprimen las tasas que se aplicaban a la diligenciación de libros y hojas de estos, como son los de actas de salas de bingo y los de contabilidad de mesas de casinos, que pierden su razón de mantenerlas habida cuenta de que las empresas llevan todo ese proceso de datos a través de sistemas informáticos eliminándose el soporte papel y, por lo tanto, la necesidad de diligenciar sus hojas.

Otras tasas se suprimen como consecuencia de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas que sustituye diversos procedimientos administrativos establecidos para la obtención de las diferentes autorizaciones por meras comunicaciones.

De otro lado, como ejemplo de creación de nuevas tasas en materia de prevención y calidad ambiental, la aprobación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental supone la prestación de nuevos servicios facultativos que exigen la ampliación del hecho imponible de la tasa para la prevención y control de la contaminación.

REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL 

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