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Tres años y cinco meses de prisión para un montillano que amenazó a sus vecinos con volar el edificio

Tres años y cinco meses de prisión. Esa ha sido la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba a M. Á. A. R., un vecino de Montilla, de 35 años de edad, que amenazó con volar con una bombona de gas un complejo residencial de la localidad.



Según detalla la resolución judicial, que ha avanzado en primicia Europa Press, los hechos tuvieron lugar en la noche del 21 de julio de 2014, cuando el procesado amenazó con hacer explotar el edificio en el que residía, prendiendo fuego a una bombona de gas de la que llegó a salir “una llamarada”, todo ello mientras gritaba: “Si hay niños mejor, que exploten, tenéis que morir todos”.

Ante la tensa situación que se estaba viviendo y alertados por el intenso olor a gas butano, los vecinos reclamaron la presencia de agentes de la Policía Local que, una vez personados en el complejo residencial, decretaron el desalojo inmediato del edificio y avisaron a efectivos del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios, mientras trataron de reducir al acusado, que también profirió insultos y amenazas contra ellos.

Una vez desalojado el complejo residencial, los policías instaron a M. Á. A. R. a deponer su actitud pero, lejos de conseguirlo, fueron objeto de nuevas amenazas, esta vez proferidas desde una ventana. “De aquí no vais a salir vivos, esto lo reviento”, les espetó.



Tal y como detallaba el escrito de calificación del fiscal, el procesado se terminó abalanzando sobre uno de los agentes “de forma inesperada y violenta” y comenzó a golpearle en una pierna, momento que el resto de policías aprovecharon para reducirlo tras un intenso forcejeo. No obstante, según el magistrado, los agentes de la Policía Local no sufrieron lesiones.

El ahora condenado, para el que el Ministerio Público solicitaba penas de cinco años y nueve meses de prisión y multa de 24 euros, se encontraba en prisión por estos hechos desde el 23 de julio de 2014 y, además, contaba con antecedentes penales por un delito de resistencia a agentes de la autoridad cometido en 2013. A su vez, el tribunal recoge en la sentencia que en la fecha en que tuvieron lugar los hechos que han sido juzgados, M. Á. A. R. consumía "sustancias tóxicas" y "tenía asociado un problema mental por dicho consumo que le avocó a realizar los hechos".

REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
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